ANTECEDENTE
Durante el año 2018 a raíz de la situación que se había generado en torno a la Federación de Futbol de Guatemala el Congreso de la República aprobó la modificación al Artículo 98 de la Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte de Guatemala (Decreto 76-97), implementada por el Decreto 9-2018, esta se enfocó en clarificar la estructura y autoridad de las federaciones deportivas nacionales que conforman actualmente la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala, definiéndolas con la modificación de este artículo como la máxima autoridad de su deporte en el sector federado, agrupando por asociaciones departamentales, ligas, clubes, equipos y jugadores. Así mismo establece su domicilio y jurisdicción en la Ciudad de Guatemala, además de indicar que las federaciones deberán de alinear su régimen con los estatutos de federaciones internacionales.
Saltar al contenido del PDFfuente de información de CENADOJ.
SUCESOS
ESTATUTOS.
Entre el año 2022 y 2023 la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala informó a los Comités Ejecutivos de las Federaciones que derivado de la modificación de la Ley del Deporte en el artículo 98 se requería la modificación de los Estatutos de las Federaciones dado que la mayoría databan del año 1995 y los más recientes entre el 2011 y 2013, por lo que pidió el análisis de estos y que las Asambleas Generales en conjunto con sus Comités Ejecutivos realizaran las siguientes acciones:
- Homologar los estatutos de las Federaciones para que estas estuvieran en consonancia con la Ley del Deporte.
- Homologar los estatutos de las Federaciones que estuvieran afiliadas a organizaciones internacionales a los regímenes eleccionarios y regímenes disciplinarios de los organismos internacionales a los que pertenezcan.
- Mantener la armonía de los estatutos entre las leyes que afectan el que hacer de las federaciones en el ámbito nacional.
Es por ello que con el Visto Bueno de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala en el año 2023 se aprueba el Acuerdo 146/2023-CE-CDAG que contiene los Estatutos de la Federación Deportiva Nacional de Béisbol.
HITOS IMPORTANTES
- Se ordena la creación por estatuto de la Comisión Electoral de la Federación Deportiva Nacional de Béisbol.
- Se ordena la creación por estatuto del Código Electoral de la Federación Deportiva Nacional de Béisbol.
CÓDIGO ELECTORAL
Entre el año 2024 y 2025 la Asamblea General y El Comité Ejecutivo inicial el proceso de creación del Código Electoral de la Federación Deportiva Nacional de Béisbol mismo que paso etapas de análisis, redacción, revisión, verificación, cambios y finalmente dictamen favorable por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos de CDAG culminando con el visto bueno del Comité Ejecutivo de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala bajo el acta de Comité Ejecutivo No. 50/2025 de fecha 7 de julio de 2025, con ello se crea el Acuerdo 01/2025-CE-FB Código Electoral.
COMISIÓN ELECTORAL.
La búsqueda de miembros para conformar la Comisión Electoral de la federación se concretó el pasado noviembre del año 2025 luego de varias propuestas la Asamblea General de la Federación aprobó la designación de la Comisión Electoral, notificando a la CDAG dicha designación es por ello que el pasado 7 de diciembre la Comisión Electoral toma juramentación por parte del Comité Ejecutivo de CDAG y toma posesión de sus cargos el 9 de diciembre del 2025.

Esta esta conformada por:
Ingeniero, Oscar Antonio Aragón Bernabeu, Presidente Comisión Electoral
Ingeniero, Oscar Osmar Ozuna Aragón, Vocal I Comisión Electoral
Abogada, Hilda Carolina Cárcamo Reyes, Secretaria Comisión Electoral
Señor, Víctor Hugo Torón Pazzetty, Suplente
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